Pocas dudas caben ya de que nos vamos a enfrentar a un cambio constitucional por la puerta de atrás, a un golpe de Estado encubierto. Pieza clave, sin duda, son las ansias de Sánchez y de sus acólitos por perpetuarse en el poder a cualquier precio, pero la garantía de que el proyecto pueda tener éxito se encuentra en la transmutación producida en el Tribunal Constitucional (TC) y su voluntad de legitimar jurídicamente todas las decisiones que adopte el conglomerado Frankenstein. La última señal inequívoca de que se encamina en esa dirección se encuentra en que ha sancionado como constitucional la ofensiva dirigida por el Gobierno y sus satélites contra el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
El Gobierno y sus voceros mediáticos repiten sin cesar que el Partido Popular no cumple la Constitución porque se ha negado a renovar el CGPJ, aunque con mayor razón se podría indicar lo contrario, porque el quid de la cuestión radica en la forma de renovarlo. Incluso podríamos abrir el abanico y cuestionarnos la manera de designar a los miembros de todos los órganos constitucionales. El problema sobrepasa la elección del CGPJ, afecta también al Tribunal Constitucional, al Tribunal de Cuentas y al Defensor del Pueblo, y quizás a algún otro más.
No obstante, sí hay un aspecto que corresponde únicamente al CGPJ, y es la posibilidad de que parte de sus consejeros sean elegidos por los propios jueces. Como es lógico, esta forma de designación no es aplicable al resto de organismos. Pero, dejando aparte esta cuestión acerca de si hay que retornar o no al sistema anterior a la ley orgánica de 1985 por la que el PSOE estableció el sistema actual y se abandonó la elección por los jueces, centrémonos en cómo interpretar la mayoría de los tres quintos del Congreso y del Senado que establece la Constitución para elegir los ocho vocales y que recoge la ley orgánica para los otros doce.
A lo largo de estos más de treinta y cinco años, la elección se ha venido realizando de cierta manera fraudulenta porque los tres quintos se han interpretado de tal modo que los dos partidos mayoritarios se reparten los nombramientos –tú votas a los míos y yo a los tuyos-, lo que lógicamente, constituye la forma más segura de politizar el órgano. A este peligro se refería el TC de entonces al dictaminar el recurso presentado contra la ley de 1985 en su sentencia del 29 de julio de 1986 en la que -aun sin declarar inconstitucional el procedimiento, ya que no se oponía de forma directa a la letra de la Constitución- advertía de los efectos negativos que podían derivarse de su aplicación:
«Se corre el riesgo de frustrar la finalidad señalada de la norma constitucional si las Cámaras, a la hora de efectuar sus propuestas, olvidan el objetivo perseguido y, actuando con criterios admisibles en otros terrenos, pero no en este, atienden solo a la división de fuerzas existente en su propio seno y distribuyen los puestos a cubrir entre los distintos partidos, en proporción a la fuerza parlamentaria de estos. La lógica del Estado de partidos empuja hacia actuaciones de este género, pero esa misma lógica obliga a mantener al margen de la lucha de partidos ciertos ámbitos de poder y entre ellos, y señaladamente, el poder judicial… La existencia y aun la probabilidad de ese riesgo, creado por un precepto que hace posible, aunque no necesaria, una actuación contraria al espíritu de la norma constitucional, parece aconsejar su sustitución».
Ciertamente el procedimiento no solo no se ha sustituido, sino que todo este tiempo se ha caído en el peligro que señalaba el TC. Si la Carta Magna fija la mayoría cualificada de los tres quintos es para evitar toda posibilidad de politización del órgano. En principio, el hecho de que cada consejero cuente con la aprobación como mínimo de tres quintas partes de los diputados o de los senadores debería garantizar, al ser una persona de consenso, su neutralidad e independencia, sin adscripción partidista alguna. Lo cierto es que, del modo que se ha venido aplicando desde 1985, el resultado ha sido el inverso. La conclusión es que los elegidos son los más politizados (en el mal sentido del término) e incluso en algunos casos los más sectarios. Tan es así que se continúa hablando de consejeros conservadores y progresistas.
Y es de esta forma como el Gobierno quiere seguir renovando el CGPJ. No estar dispuestos a votar a favor de la propuesta del PSOE no se puede decir que sea atacar la Constitución, como se esfuerzan por afirmar una y otra vez todas las fuerzas del sanchopopulismo. La Constitución no obliga a ningún diputado ni senador a votar a un consejero que no considere apto, y por consiguiente ninguna formación política debe dar su aquiescencia a uno o varios candidatos que piense que no son los adecuados por el simple hecho de que en contrapartida la formación política contraria acepte a los propios aspirantes.
Es más, ante la postura del PP de negarse a admitir a sus candidatos, el Gobierno proyectó cambiar la ley orgánica, no para retornar al sistema de elección por los propios jueces anterior a 1985, sino para reducir la mayoría necesaria de manera que la coalición Frankenstein pudiera designar a todos los vocales, lo que convertiría a los jueces en una especie de prolongación del sanchopopulismo. Solo la intervención de la UE les ha hecho desistir por ahora de la idea, idea que vuelven a acariciar ante una posible legislatura futura en el poder.
Con la finalidad de presionar al PP, el Gobierno elaboró una ley ad hoc encaminada a despojar al Consejo, mientras está en funciones, de las competencias para cubrir vacantes. Resulta un cierto contrasentido privarle de las funciones precisamente cuando está en funciones. Se ha creado así una situación caótica en la justicia -aunque tal vez buscada por el Gobierno- al permanecer muchos puestos vacantes.
El cinismo de Sánchez se hace patente al no tener ningún empacho en propiciar que se aprobase poco después otra ley devolviendo las funciones al Consejo, pero limitadas únicamente a su capacidad de nombrar dos miembros del TC, maniobra con la que el Gobierno pudo a su vez designar a otros dos y, gracias a la postura bobalicona de Casado (mejor dicho de Egea), constituir un TC y un Tribunal de Cuentas totalmente manejables.
Durante el poco tiempo que ambos órganos llevan funcionando después de la renovación han dado suficientes muestras de sectarismo. El caso más preocupante se encuentra en el Tribunal Constitucional por la función tan capital que tiene como garantía última de la legalidad del sistema, del correcto funcionamiento de las instituciones, y de que se mantiene la división de poderes. Buena señal de lo que se puede esperar de él se encuentra en la sentencia recién emitida declarando constitucional la privación de funciones del CGPJ, que deja a los pies de los caballos a la magistratura.
No deja de ser curiosa la postura de la magistrada María Luisa Segoviano, que votó afirmativamente en la sentencia, habiendo sido una de las voces más críticas contra la norma cuando estaba en el Tribunal Supremo. Parece que pertenecer a la cuadra de Conde Pumpido imprime carácter e impone una disciplina más estricta que la que se tiene al militar en un partido.
Este hecho y otros parecidos (como los informes filtrados acerca de los recursos de los ERE andaluces o de la legitimización de los futuros cambios que Sanchez se propone introducir en la elección del CGPJ) nos hacen ser pesimistas de cara al futuro, tanto más cuanto que algunos de los miembros del TC defienden una interpretación creativa o modificadora del propio texto constitucional, y no están dispuestos a inhibirse ni a aceptar recusaciones, por mucho que fuesen evidentes sus implicaciones con anterioridad en los casos y, por lo tanto, la sospecha de su parcialidad. No deja de ser significativo que el sanchismo y sus adláteres anden por ahí repitiendo que todo se hará dentro de la Constitución, con la tranquilidad que da el saber que se cuenta con el Tribunal Constitucional para refrendar todo lo que el Gobierno y la mayoría del Congreso aprueben.
No hay que ser muy suspicaz para sospechar que en la ley de amnistía que se está cocinando, interviene con un papel preeminente la brigada de Conde Pumpido a efectos de que su redacción sea lo suficientemente ajustada y fina para que con una interpretación evolutiva de la Constitución se pueda defender que es congruente con ella. Es más parece que en los aledaños de Puigdemont se ha filtrado que mantienen un intercambio de redacciones con expertos del TC
El aspecto más peligroso de la aventura de Pedro Sánchez es que cuenta con el TC y puede terminar santificando las modificaciones más aberrantes del sistema, un cambio de la Constitución por la puerta de atrás, un golpe de Estado. El Tribunal Constitucional, estúpidos…
republica.com 26-10-2023