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ARTICULOS DEL 17/3/2023 AL 9/1/2024 CONTRAPUNTO

EL CONSTITUCIONAL, ESTÚPIDOS, EL CONSTITUCIONAL

9, 10, 2023, ESTADO DE DERECHO, SANCHISMO Posted on Mar, octubre 31, 2023 23:45:12

Pocas dudas caben ya de que nos vamos a enfrentar a un cambio constitucional por la puerta de atrás, a un golpe de Estado encubierto. Pieza clave, sin duda, son las ansias de Sánchez y de sus acólitos por perpetuarse en el poder a cualquier precio, pero la garantía de que el proyecto pueda tener éxito se encuentra en la transmutación producida en el Tribunal Constitucional (TC) y su voluntad de legitimar jurídicamente todas las decisiones que adopte el conglomerado Frankenstein. La última señal inequívoca de que se encamina en esa dirección se encuentra en que ha sancionado como constitucional la ofensiva dirigida por el Gobierno y sus satélites contra el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

El Gobierno y sus voceros mediáticos repiten sin cesar que el Partido Popular no cumple la Constitución porque se ha negado a renovar el CGPJ, aunque con mayor razón se podría indicar lo contrario, porque el quid de la cuestión radica en la forma de renovarlo. Incluso podríamos abrir el abanico y cuestionarnos la manera de designar a los miembros de todos los órganos constitucionales. El problema sobrepasa la elección del CGPJ, afecta también al Tribunal Constitucional, al Tribunal de Cuentas y al Defensor del Pueblo, y quizás a algún otro más.

No obstante, sí hay un aspecto que corresponde únicamente al CGPJ, y es la posibilidad de que parte de sus consejeros sean elegidos por los propios jueces. Como es lógico, esta forma de designación no es aplicable al resto de organismos. Pero, dejando aparte esta cuestión acerca de si hay que retornar o no al sistema anterior a la ley orgánica de 1985 por la que el PSOE estableció el sistema actual y se abandonó la elección por los jueces, centrémonos en cómo interpretar la mayoría de los tres quintos del Congreso y del Senado que establece la Constitución para elegir los ocho vocales y que recoge la ley orgánica para los otros doce.

A lo largo de estos más de treinta y cinco años, la elección se ha venido realizando de cierta manera fraudulenta porque los tres quintos se han interpretado de tal modo que los dos partidos mayoritarios se reparten los nombramientos –tú votas a los míos y yo a los tuyos-, lo que lógicamente, constituye la forma más segura de politizar el órgano. A este peligro se refería el TC de entonces al dictaminar el recurso presentado contra la ley de 1985 en su sentencia del 29 de julio de 1986 en la que -aun sin declarar inconstitucional el procedimiento, ya que no se oponía de forma directa a la letra de la Constitución- advertía de los efectos negativos que podían derivarse de su aplicación:

«Se corre el riesgo de frustrar la finalidad señalada de la norma constitucional si las Cámaras, a la hora de efectuar sus propuestas, olvidan el objetivo perseguido y, actuando con criterios admisibles en otros terrenos, pero no en este, atienden solo a la división de fuerzas existente en su propio seno y distribuyen los puestos a cubrir entre los distintos partidos, en proporción a la fuerza parlamentaria de estos. La lógica del Estado de partidos empuja hacia actuaciones de este género, pero esa misma lógica obliga a mantener al margen de la lucha de partidos ciertos ámbitos de poder y entre ellos, y señaladamente, el poder judicial… La existencia y aun la probabilidad de ese riesgo, creado por un precepto que hace posible, aunque no necesaria, una actuación contraria al espíritu de la norma constitucional, parece aconsejar su sustitución».

Ciertamente el procedimiento no solo no se ha sustituido, sino que todo este tiempo se ha caído en el peligro que señalaba el TC. Si la Carta Magna fija la mayoría cualificada de los tres quintos es para evitar toda posibilidad de politización del órgano. En principio, el hecho de que cada consejero cuente con la aprobación como mínimo de tres quintas partes de los diputados o de los senadores debería garantizar, al ser una persona de consenso, su neutralidad e independencia, sin adscripción partidista alguna. Lo cierto es que, del modo que se ha venido aplicando desde 1985, el resultado ha sido el inverso. La conclusión es que los elegidos son los más politizados (en el mal sentido del término) e incluso en algunos casos los más sectarios. Tan es así que se continúa hablando de consejeros conservadores y progresistas.

Y es de esta forma como el Gobierno quiere seguir renovando el CGPJ. No estar dispuestos a votar a favor de la propuesta del PSOE no se puede decir que sea atacar la Constitución, como se esfuerzan por afirmar una y otra vez todas las fuerzas del sanchopopulismo. La Constitución no obliga a ningún diputado ni senador a votar a un consejero que no considere apto, y por consiguiente ninguna formación política debe dar su aquiescencia a uno o varios candidatos que piense que no son los adecuados por el simple hecho de que en contrapartida la formación política contraria acepte a los propios aspirantes.

Es más, ante la postura del PP de negarse a admitir a sus candidatos, el Gobierno proyectó cambiar la ley orgánica, no para retornar al sistema de elección por los propios jueces anterior a 1985, sino para reducir la mayoría necesaria de manera que la coalición Frankenstein pudiera designar a todos los vocales, lo que convertiría a los jueces en una especie de prolongación del sanchopopulismo. Solo la intervención de la UE les ha hecho desistir por ahora de la idea, idea que vuelven a acariciar ante una posible legislatura futura en el poder.

Con la finalidad de presionar al PP, el Gobierno elaboró una ley ad hoc encaminada a despojar al Consejo, mientras está en funciones, de las competencias para cubrir vacantes. Resulta un cierto contrasentido privarle de las funciones precisamente cuando está en funciones. Se ha creado así una situación caótica en la justicia -aunque tal vez buscada por el Gobierno- al permanecer muchos puestos vacantes.

El cinismo de Sánchez se hace patente al no tener ningún empacho en propiciar que se aprobase poco después otra ley devolviendo las funciones al Consejo, pero limitadas únicamente a su capacidad de nombrar dos miembros del TC, maniobra con la que el Gobierno pudo a su vez designar a otros dos y, gracias a la postura bobalicona de Casado (mejor dicho de Egea), constituir un TC y un Tribunal de Cuentas totalmente manejables.

Durante el poco tiempo que ambos órganos llevan funcionando después de la renovación han dado suficientes muestras de sectarismo. El caso más preocupante se encuentra en el Tribunal Constitucional por la función tan capital que tiene como garantía última de la legalidad del sistema, del correcto funcionamiento de las instituciones, y de que se mantiene la división de poderes. Buena señal de lo que se puede esperar de él se encuentra en la sentencia recién emitida declarando constitucional la privación de funciones del CGPJ, que deja a los pies de los caballos a la magistratura.

No deja de ser curiosa la postura de la magistrada María Luisa Segoviano, que votó afirmativamente en la sentencia, habiendo sido una de las voces más críticas contra la norma cuando estaba en el Tribunal Supremo. Parece que pertenecer a la cuadra de Conde Pumpido imprime carácter e impone una disciplina más estricta que la que se tiene al militar en un partido.

Este hecho y otros parecidos (como los informes filtrados acerca de los recursos de los ERE andaluces o de la legitimización de los futuros cambios que Sanchez se propone introducir en la elección del CGPJ) nos hacen ser pesimistas de cara al futuro, tanto más cuanto que algunos de los miembros del TC defienden una interpretación creativa o modificadora del propio texto constitucional, y no están dispuestos a inhibirse ni a aceptar recusaciones, por mucho que fuesen evidentes sus implicaciones con anterioridad en los casos y, por lo tanto, la sospecha de su parcialidad. No deja de ser significativo que el sanchismo y sus adláteres anden por ahí repitiendo que todo se hará dentro de la Constitución, con la tranquilidad que da el saber que se cuenta con el Tribunal Constitucional para refrendar todo lo que el Gobierno y la mayoría del Congreso aprueben.

No hay que ser muy suspicaz para sospechar que en la ley de amnistía que se está cocinando, interviene con un papel preeminente la brigada de Conde Pumpido a efectos de que su redacción sea lo suficientemente ajustada y fina para que con una interpretación evolutiva de la Constitución se pueda defender que es congruente con ella. Es más parece que en los aledaños de Puigdemont se ha filtrado que mantienen un intercambio de redacciones con expertos del TC

El aspecto más peligroso de la aventura de Pedro Sánchez es que cuenta con el TC  y puede terminar santificando las modificaciones más aberrantes del sistema, un cambio de la Constitución por la puerta de atrás, un golpe de Estado. El Tribunal Constitucional, estúpidos…

republica.com 26-10-2023



YOLANDA Y LOS EXPERTOS

9, 10, 2023, CATALUÑA, SANCHISMO, SUMAR Posted on Dom, octubre 22, 2023 21:28:39

La líder de Sumar, tras su gira por Bélgica en aras de rendir pleitesía a un prófugo de la justicia, se supone que, a petición de su señorito, el de las mercedes, se ha dedicado profusamente a crear un grupo de juristas expertos que preparasen el camino a la amnistía que se avecina. Es verdad que casi todos los partidos y gobiernos a la hora de tomar decisiones incómodas o impopulares han constituido a menudo una comisión de expertos tras la que escudarse. Pero en el caso del sanchismo ha sido una marca de la casa y ha empleado esta estratagema con total liberalidad.

El Gobierno sanchista, ante las críticas, se ha escondido siempre detrás de las decisiones técnicas. Esa táctica se hizo presente de una y otra vez durante la pandemia. Todo se les iba en afirmar que ellos lo único que hacían era seguir los criterios de la comunidad científica, la opinión de los expertos. Pero, al mismo tiempo, se negaban reiteradamente a facilitar sus nombres.

A pesar de sus continuas referencias a los científicos y a los criterios sanitarios y epidemiológicos, Illa no fue capaz de dar una explicación ni de presentar un informe consistente sobre la materia. No dejó de ser asombrosa esa continua demanda del ministro de Sanidad: “Hagan caso a la ciencia”, que exclamaba con tono profesoral, mientras el gobierno central nos engañaba a todos con un comité de expertos inexistente. Esta era la ciencia del señor Illa: cambiar de opinión según le interesase al Ejecutivo.

Tan solo cuando el Consejo de la Transparencia le concedió un plazo perentorio de diez días (o, de lo contrario, le amenazaba con recurrir a la jurisdicción contencioso-administrativa) para facilitar los nombres de los miembros de ese comité fantasma de expertos -tras el cual, el ministro filósofo y candidato a la presidencia de la Generalitat se había escondido siempre para revestir de razones sanitarias lo que eran simples decisiones políticas-, se resignaron a decirnos quiénes eran los afortunados que lo componían, o más bien, a decirnos que en realidad ese comité nunca existió y todo quedaba reducido al locuaz Simón, nombrado en su momento a dedo por ser familiar de un ministro del PP, y a los funcionarios de un departamento inexistente desde hacía muchos años.

Pero nada como la explicación ofrecida por Calvo, entonces vicepresidenta del Gobierno: “Funcionarios, expertos cualificados, que tienen ese cargo, especialmente el doctor Simón, por razón de su expertitud”. Ahí es nada, expertitud. Esta palabra debía entrar a formar parte del lenguaje inclusivo.

Y es esa misma expertitud la que debió de utilizar como criterio la ministra de Trabajo a la hora de elegir a los componentes de esa comisión de expertos dedicada a analizar la posible repercusión sobre el empleo del Salario Mínimo Profesional. La ministra de Hacienda también creó su propio grupo de expertos para que dijesen en materia fiscal lo que interesaba al Gobierno. Y es que la finalidad de los expertos está siempre en concluir aquello que desea quien les nombra. De lo contrario, no son tenidos por expertos. Es cierto que, en el caso de Hacienda, cuando aparecieron las conclusiones del informe el Gobierno ya había cambiado de bando y no les hicieron ningún caso. La verdad es que salimos ganando.

Yolanda Díaz repite en expertitud y ha elegido a sus juristas de cámara con la finalidad de que justifiquen lo injustificable, que una amnistía a los golpistas del 1 de octubre es constitucional y útil. En realidad, el dictamen, tal como pomposamente lo llaman, se dirige a demostrar más lo segundo que lo primero. Claro que debemos preguntarnos, ¿útil para quién?

He desconfiado siempre de las comisiones de expertos independientes porque nunca son tan independientes como aseguran y su condición de expertos siempre resulta discutible. Casi siempre son profesores de estudios superiores, de los miles y miles que hay en España, provenientes de los cientos y cientos de las facultades que han surgido al abrigo de las autonomías y de los negocios privados. Los profesores universitarios se han multiplicado como las setas. Hasta nuestro ínclito presidente del Gobierno lo ha sido, con doctorado incluido, eso sí, donado, de la misma forma que antes lo habían recibido gratuitamente los miembros que componían el tribunal que le calificó.

En esto de la amnistía no nos podían defraudar y, aunque lo denominen pomposamente dictamen, es ideológico más que jurídico. A pesar de ello, ninguna formación política ha querido reconocer su paternidad. Los socialistas han renegado de él puesto que Conde Pumpido no había dado aún el visto bueno. Tampoco les ha gustado a los golpistas, porque, para independentistas, ellos, y no quieren que nadie les quite el protagonismo. Ya han constituido su propio grupo de expertos

Más extraño ha sido el caso de Sumar -y más concretamente el de Yolanda Díaz- que, después de estar varias semanas anunciando a bombo y plantillo el gran acontecimiento, rebajaron el tono y lo convirtieron tan solo en el dictamen de unos juristas. O bien el jefe de la Moncloa les dio un toque y les dijo que convenía esperar, o bien pensaron que era más diplomático y sagaz hacer pasar todo ello como un trabajo exclusivamente técnico.  Si el motivo fue esto último, hay que reconocer que constituyó un intento vano porque no hay que ser muy ducho en la materia para darse cuenta de que el susodicho dictamen no destaca por su solidez jurídica.

Aparte de ser farragoso, y donde todo parece confuso y desordenado, a efectos de demostrar que la amnistía es acorde con la Constitución del 78 se basa de forma sustancial en primer lugar en que la Ley de 1977 y el Decreto-ley de 1976 no fueron derogados ni tácita ni expresamente por la Constitución y, en segundo lugar, en que después de aprobarse esta se han concedido amnistías fiscales.

En cuanto a lo primero nadie ha puesto en duda que fuesen compatibles con la Constitución del 78 las amnistías aprobadas con anterioridad. Más bien fueron precisamente su antesala, y la condición para iniciar una etapa política nueva. Una exigencia ante el corte jurídico e institucional que se producía en ese momento. Pero precisamente por ello no parece que una nueva amnistía pueda ni deba darse en la época posconstitucional, en la que no se ha producido por ahora ningún cambio ni de régimen ni de sistema. A no ser que lo que se pretenda sea precisamente eso, el cambio.

En cuanto al segundo argumento, los señores juristas, casi todos ellos de derecho penal, parecen ignorar el carácter de las mal llamadas amnistías fiscales, que representan tan solo una regularización de la situación tributaria. No llegan ni a la categoría de indulto, porque, si bien se conmutan a determinados contribuyentes las sanciones a las que podían haberse hecho acreedores por la ocultación de determinados bienes o activos, casi siempre es a cambio de una contraprestación dineraria, aunque de menor cuantía que el monto que les pudiera haber correspondido pagar si hubiese sido la administración tributaria la que hubiera descubierto la infracción y, de lo que es más importante, con la condición de que hayan sido ellos mismos los que confiesen su situación irregular, afloren los bienes o activos hasta entonces ocultos y empiecen a tributar adecuadamente por ellos.

Como se puede apreciar, nada que ver con una amnistía penal. Quizás, puestos a realizar comparaciones, en todo caso debiéramos referirnos a la colaboración que a menudo establece el Ministerio Fiscal con los acusados a los que rebaja la petición de condena y, lógicamente, de la pena a cambio de su confesión o de descubrir determinados hechos hasta entonces opacos. En ambos casos se produce un “do ut des”.

Sin duda, la parte más extensa del llamado dictamen es la ideológica que parte, con frecuencia, de supuestos totalmente falsos como el de que desde 2013 existe un conflicto entre Cataluña y el Estado español. Los independentistas no son Cataluña. Y el único conflicto que existe es, como en toda cuestión penal, entre la ley y unos delincuentes que no dejan de serlo por muy numerosos que sean, y por mucho que se les indulte.

Tampoco se puede identificar, tal como hacen los llamados expertos, la no militancia de nuestra Constitución con el llamado derecho a decidir que, aunque se le denomine con este eufemismo, no deja de ser derecho a la autodeterminación que nuestra Carta Magna no reconoce a ningún territorio nacional y que la ONU solo  contempla para las colonias; y no parece que nadie pueda calificar de tal a Cataluña.

Los expertos nos ilustran acerca de lo que es ciertamente una obviedad. Que la elaboración del derecho penal es competencia del Parlamento y que en esa función mantiene un amplio margen. Nadie puede negarlo, pero tampoco que esa discrecionalidad política está limitada por la propia Constitución y, sobre todo, que si a las Cortes les corresponde elaborar las leyes a los jueces les corresponde aplicarlas. Mal que a algunos les pese.

Pero en eso radica la división de poderes, aunque precisamente de ella es de la que reniegan algunos. En todo régimen populista el ejecutivo, después de controlar al legislativo -lo que le suele resultar casi siempre bastante fácil-, coloca en su diana al judicial que, para el bien de los ciudadanos en España no se identifica con los profesores universitarios, aunque siempre existe un intento del poder político para introducirlos por la puerta de atrás. Cuarto turno, juristas de reconocido prestigio, etc.

Toda la segunda parte del famoso dictamen pretende ser una enmienda a la actuación del poder judicial, a jueces, a fiscales, y sobre todo a los planteamientos del Tribunal Supremo (TC). Los expertos juristas son muy dueños de mantener esa crítica, como algunos también estamos en nuestro derecho de pensar que sus esfuerzos argumentales no llegan ni a arañar lo más mínimo la solidez jurídica de la sentencia. Que a mi entender es impecable y tumbativa, excepto al final, cuando la conclusión lógica debería haber sido el delito de rebelión y, sin embargo, dando un salto en el vacío se inclina por la sedición. (Ver en estas mismas páginas mi artículo de 17 de noviembre de 2019 titulado Sí, hubo golpe de Estado).

La sentencia, después de aceptar la tesis de la Fiscalía acerca de que la violencia en la rebelión no tiene por qué ser física, sino que puede ser también compulsiva, y tras demostrar que esta se había dado profusamente en el procés, abandona esta calificación y se desliza a la sedición. Razón: que, tal como argumentó Calvo, Pedro Sánchez era ya presidente del Gobierno y que cuando calificó como rebelión lo acaecido en Cataluña no lo era. Ahora estaba ya en el Gobierno y sustentado por los propios golpistas. No tiene por tanto nada de extraño que pretendiese influir lo más posible en la sentencia, primero obligando a la Abogacía del Estado a cambiar la calificación y, segundo, queriendo predisponer a alguno de los jueces más adeptos a que se inclinasen por el fallo más benigno.

El propósito de que la sentencia se ratificase por unanimidad hizo el resto. Bien sabía Marchena la multitud de juristas expertillos que, al servicio de todo tipo de intereses, intentarían desacreditar al Tribunal. Pero, paradójicamente, de esa manera creo yo que se facilitó la posibilidad de críticas, porque lo que era un delito claro de rebelión resultaba más complicado encajarlo dentro de la sedición. Una vez más, se cumplió que la unanimidad no era más que la dictadura de la minoría.

En contra de lo que dice Sánchez, lo que contuvo el golpe y lo sigue conteniendo hasta ahora es el Código penal y fue la aplicación del Código penal lo que hizo huir a Puigdemont en un maletero de coche. Los expertos juristas quieren borrar todo eso con la amnistía, y empezar una historia nueva. Lo de borrar es imposible. Los secesionistas pretendieron arrebatarnos la soberanía sobre Cataluña al resto de los españoles. Es un hecho que difícilmente puede desvanecerse ni olvidarse. Lo de la historia nueva no parece que ni Puigdemont ni Oriol Junqueras lo quieran. Ni tampoco parece que lo permita la Constitución y, además, seguramente nos conduciría a la catástrofe.

republica.es 19-10-2023



¿POR QUÉ LO LLAMAN GENEROSIDAD CUANDO QUIEREN DECIR SOBORNO?

9, 10, 2023, CATALUÑA, SANCHISMO Posted on Lun, octubre 16, 2023 21:09:02

Sánchez cambia los nombres. A la impunidad la llama desjudicialización y ahora a la amnistía la denomina generosidad. Se ha vuelto generoso de repente. Solo a partir del 23 de julio. Parece que la generosidad tiene una relación directa con el número de votos que se necesitan para obtener la mayoría. Sánchez precisa de muchos (cincuenta y cinco), así que se ve obligado a ser muy generoso. Por eso le llaman Pedro el de las mercedes. Parangonando así al primer Trastamara, Enrique II, que recibió tal calificativo por la cantidad de dádivas que tuvo que entregar a los nobles para que le coronasen en detrimento de su hermano Pedro, al que unos han dado en llamar el cruel y otros el justiciero.

Lo de las mercedes en realidad no era muy exacto porque no se trataba desde luego de dádivas, sino de pagar un precio por la corona. Tampoco en sentido estricto a lo de Sánchez se le puede dar el apelativo de generosidad porque está comprando algo, la Moncloa. El precio que se abona no es personal, sino público, lo sufragamos todos los españoles; primero, violentando hasta el máximo el Estado de derecho, pero también con dinero si no, los independentistas catalanes dejarían de serlo, porque detrás de las banderas, las entidades, los hechos diferenciales y hasta de la lengua lo que aparece enseguida es el “España nos roba”.

A las negociaciones de la investidura se intenta incorporar el acuerdo sobre los presupuestos y, por lo tanto, pensemos lo peor: se van a introducir las cesiones dinerarias que se piensa otorgar a Cataluña y al País Vasco (regiones sojuzgadas) a costa de extremeños, andaluces, castellanos, aragoneses, etc., que, como se sabe, son pueblos opresores.

Con los indultos Sánchez habló de concordia, de reconciliación y de entendimiento. No empleó la palabra generosidad y, sin embargo, esta palabra hubiera sido entonces más apropiada que ahora porque, aunque también se trataba de pagar un precio, en aquellas circunstancias Sánchez -es decir, el Estado- otorgaba el perdón, perdón que los independentistas no estuvieron nunca dispuestos a reconocer ni a pedir formalmente. Querían lo que ahora van a conseguir con la amnistía, que sean Sánchez y el Estado los que les pidan perdón a ello, pues, como dice el presidente del gobierno, ha sido un conflicto político que nunca tendría que haber derivado en una acción judicial.

La amnistía es el reconocimiento de que el Estado se había equivocado, de que la Constitución es odiosa y despótica y que los llamados golpistas no cometieron delito alguno, sino que habían defendido sus derechos y los del pueblo catalán, frente a un Estado que les había perseguido injustamente. Es más, que aquellos que habían aplicado la Constitución y las leyes que de ella se derivan habían actuado de forma inicua y abusiva.

Andan los juristas, constructivistas o no, buscando el encaje de la amnistía en la Constitución. Algunos defienden que como nada se dice de ella en la Carta Magna no existe impedimento para que las Cortes la aprueben. Tampoco se dice nada de la esclavitud, de la tortura o de la ley del Talión y no por eso se puede afirmar que la Constitución las permita. Durante su tramitación en 1978 se presentaron cuatro enmiendas para introducirla y las cuatro fueron rechazadas. Lo que sí se incorporó fue la prohibición de indultos generales. Es difícil de entender que se niegue lo menos y se pueda llegar a autorizar lo más.

Pero es que, además, la constitucionalidad o no de la amnistía no se puede juzgar en abstracto, sin tener en cuenta qué es lo que se va amnistiar. En este caso es imposible que lo recogiese la Constitución. Sería como ir contra ella misma. Es como si afirmara que el régimen que establece es opresor y por lo tanto debiera prever la amnistía para aquellos que en el futuro se rebelen contra el despotismo.

La amnistía cabe interpretarla o bien como la terminación de una guerra interna (conflicto, dicen los soberanistas) y en la que se establece un armisticio, olvidando todas las injusticias y responsabilidades en que se haya podido incurrir tanto en un bando como en el otro, o bien que haya que cambiar las reglas de juego porque las hasta ahora existentes eran injustas y por lo tanto inocentes los que se hubiesen rebelado contra ellas.

Tal es sin duda el planteamiento de los golpistas, pero esto poco tiene que ver con la generosidad y con el perdón. Se trata más bien de absolver a los que se condenó y de condenar a los que condenaron y a las leyes que aplicaron, es decir, a la propia Constitución, pero por eso resulta difícil, por no decir imposible, encontrar en esta la autorización de la amnistía.

A menudo la amnistía va unida a una ley de punto final en la que se reconoce la culpabilidad mutua. Ya lo dijo Sánchez cuando los indultos: “En Cataluña todos somos responsables”. Pero es que, paradójicamente, los golpistas no quieren oír hablar de final ni de que ellos son culpables. No tienen que arrepentirse de nada. Están dispuestos a volverlo a hacer. No renuncian ni a la independencia ni a la unilateralidad. Habrá que preguntarse entonces lo mismo que deberíamos haber hecho con los indultos: ¿para qué?

¿Para superar la condición jurídica que se había creado en Cataluña? Fue lo que dijo Sánchez en Granada y nada menos que delante de la presidenta de la Comisión y del presidente del Consejo Europeo. En realidad, no importa demasiado el escenario dada la levedad en que se mueven en la actualidad los dirigentes de la Unión Europea.

Lo cierto es que no ha habido dos bandos, ni una contienda, ni cambio de régimen, ni ninguna necesidad de punto final. Solo se ha producido un golpe de Estado por parte de un gobierno y unas autoridades autonómicas que cometieron traición, rebelándose contra el Estatuto de su propia Comunidad y contra la Constitución, en función de los cuales habían sido nombrados, y la reacción lógica de un Estado defendiéndose. No hay dos bandos culpables, solo uno que además de robar al Estado -es decir, a todos los españoles-, emplearon lo robado para ir en contra de más de la mitad de los catalanes y del resto de España.

Hablemos claro. Tal como afirmó el Tribunal Supremo refiriéndose a los indultos, sería una autoamnistía, porque los implicados, los beneficiarios, van a ser quienes al mismo tiempo la aprueben. Vayamos al fondo, dejemos al lado la reconciliación, la concordia, la paz y otras zarandajas. Esto no va de eso. Tampoco va de horizonte ni de la pluralidad ni de cursilerías parecidas. Lo único que está en juego es la compra del gobierno de España, su única finalidad es lograr que Pedro Sánchez y Yolanda Díaz continúen de presidente y vicepresidenta de un Ejecutivo hipotecado.

Al alto cargo que adjudicase un contrato de obras públicas y recibiese a cambio una casa o un chalet, ¿no le tildaríamos de corrupto?, ¿y no consideraríamos tal a quien concediese subvenciones a cambio de obtener financiación para su partido? Sánchez consiguió llegar a la presidencia del gobierno por primera vez con 85 diputados utilizando torticeramente el tema de la corrupción. Y con corrupción pretende mantenerla. ¿No llamaremos cohecho al acto de conceder la amnistía como pago y como contrapartida para adquirir la Moncloa? Es difícil no ver que se comienza a entrar peligrosamente en el ámbito del derecho penal. Quizás podemos encontrarnos ante uno de los mayores casos de corrupción acaecidos en los últimos cuarenta años. Preguntémonos por qué lo llaman generosidad cuando quieren decir soborno.

republica.com 12-10-2023